Saltar al reproductorSaltar al contenido principalSaltar al pie de página
  • 3/4/2025

Categoría

📺
TV
Transcripción
00:00Y es que vamos a hablar con Rocío Cordovallas, abogada, acerca de los derechos que tienen
00:08las personas que hacen trabajos domésticos.
00:11Muchas gracias por estar aquí, Rocío, ¿cómo le va?
00:13Hola Jennifer, muchas gracias a ustedes, más bien por invitarme a conversar de ese tema
00:17tan importante.
00:18Así es, y es que hay muchísimas personas, lo hablábamos ahora fuera de cámara, no
00:22solamente es para mujeres trabajadoras domésticas, también hay hombres trabajadores domésticos
00:28y vamos a hablar acerca de los derechos.
00:29Así es, eso es uno de los mayores mitos, que solo hay mujeres que se dedican a estas
00:35actividades.
00:36Hoy en día también hay muchos varones que también se dedican a esto.
00:39¿Cuáles son los principales?
00:41Que podemos empezar tal vez a enumerarlos, Rocío, para tenerlos ahí bien presente.
00:45Bueno, a ver, yo creo que con esto de los mitos, bueno, primero que son solamente las
00:51mujeres, también hay muchos varones y segundo, Jennifer, la gente cree que la persona que
00:56se dedica a los servicios domésticos es un trabajador irregular, que no tiene derecho
01:02a las garantías, que no tiene derecho a tener un contrato, y esto es completamente falso.
01:06Esa persona, igual que usted y que yo, tenemos derecho a todo lo que la legislación nos
01:11provee.
01:12Exactamente, salario, aguinaldo, vacaciones.
01:16Todo, salario, aguinaldo, vacaciones, preaviso, cesantía, muy importante, el seguro social,
01:23el mismo contrato, todo tiene ese mismo derecho.
01:27Y es que tal vez estas dudas se generan porque a veces el trabajador doméstico no trabaja,
01:34por ejemplo, todos los días, sino que dos días a la semana, tres días a la semana,
01:39pero también existen cálculos para poder hacer esto.
01:42Y los que trabajan por horas, por ejemplo, que como vos decís, trabajan hoy conmigo,
01:46mañana con usted y el otro día van a la casa de otra muchacha o de otra señora.
01:50Bueno, resulta, Jennifer, que todos los que somos los empleadores, los que somos los patronos
01:55de esta persona, todos tenemos que cumplir con la legislación, todos estamos obligados
02:00a darle el seguro, todos estamos obligados a darle un preaviso, en cambio, son que ya
02:04no queramos sus servicios, el aguinaldo y demás, ¿verdad?
02:07No es ni siquiera que nos podemos poner de acuerdo y que entre todos se lo vamos a pagar,
02:11es que proporcionalmente a las horas y al tiempo que trabaja conmigo, así tengo que
02:16pagarle sus derechos.
02:18Exactamente.
02:19En este punto quiero invitar a nuestros televidentes que si tienen que hacer alguna consulta muy
02:26en específico, pueden hacerlo con toda tranquilidad para que aprovechen la presencia de Rocio
02:32aquí en su lado positivo, pueden hacerlo al número de teléfono 21001313 como número
02:39fijo, llamadita telefónica, o bien escribiéndonos al número de WhatsApp para que ustedes puedan
02:46tener también esa posibilidad, lo pueden hacer anónimo si así lo desean, y bueno,
02:51aquí estamos para ayudarles con todas esas dudas.
02:54Ahora, en el tiempo de vacaciones, por ejemplo, si tengo una persona que va dos veces a la
03:01semana, por ejemplo, ¿cuánto corresponde, cómo lo calculo de forma adecuada?
03:06Esa es una muy buena pregunta, ok, por cada año que usted labore, usted va a tener derecho
03:13a 15 días de vacaciones, ahora como es por horas, como son por ciertos días, hay que
03:17hacer una operación matemática que es bastante fácil y que incluso te voy a dar un tip,
03:23la misma página del Ministerio de Trabajo tiene esas calculadoras de formas gratuitas
03:28para que usted pueda cotizar, pueda determinar cuánto es lo que le toca, entonces por cada
03:33año elaborado según la ley, usted tiene derecho a 15 días de descanso, ahora, recordate
03:39que las vacaciones me las tienen que pagar, entonces no es que te voy a pagar como si
03:43trabajaras 8 horas seguidas, si usted trabaja conmigo solo 3 horas, pues yo le pagaré esas
03:483 horas del tiempo elaborado, es por cada año que esté cumplido de trabajar.
03:54Ok, perfecto, eso en el caso de vacaciones, igual aplica para el cálculo de aguinaldo,
04:00por ejemplo, a final de año.
04:02Así es, para todo, recordemos que el aguinaldo es un porcentaje de lo que recibió en el
04:07último año, entonces va a ser proporcional, si la señora ganaba, no sé, 3 mil colones
04:11la hora, iba solo 2, 3 horas, pues usted va a tener que sumar todos esos salarios que
04:17le dio durante el año, los divide entre 12 y eso es lo que le va a corresponder a ella
04:21de aguinaldo.
04:23Tiene Jennifer todos los mismos, los mismos derechos.
04:26Perfecto, muchas gracias Lucio, tenemos una llamadita telefónica, vamos a recibirla en
04:30este momento, adelante con la consulta, muy buenos días, ¿cómo está?
04:36Buenos días, yo le quiero, es que yo a mí, yo trabajaba en la Guasma de la Abuela, verdad,
04:46en una casa de doméstica, yo salí, yo salí de vacaciones el 21 de diciembre, me tocaba
04:54regresar el 6 de enero, pero mi jefe me despidió sin haber razón, dice que yo le abandoné
05:04el trabajo, que yo abandoné el trabajo y me dijo un poco de locuritas él, y me dijo
05:11que yo no tenía derecho a absolutamente nada, y ya pues, ya no regresé al trabajo, después
05:18yo fui al Ministerio del Trabajo y me sacaron la cuenta porque él no me pagaba, él no
05:22me pagó nunca el seguro, trabajé un año sin seguro, me enfermé durante el, estuve
05:28trabajando, me enfermé como dos, tres veces, yo tenía que costear mi consulta y mis medicamentos,
05:36y bueno, ahorita que yo le pongo la demanda él en el Ministerio del Trabajo, me manda
05:42la mamá y la mamá me quiso como, como comprar, no sé cómo le diría, verdad, y me dijo de
05:49que si me conformaba con 100 mil colones, donde el Ministerio del Trabajo me saca el
05:55por medio de un millón, porque él paga 240 mil colones al mes, no paga horas extras,
06:06no paga seguro, no paga nada, ya me entiende, y ahorita que la estoy viendo quería ver
06:13que si, que si pues, si ganarían o no ganarían, es que la verdad que no sé ni cómo explicarle.
06:22Perfecto, muchas gracias por su llamadita, Rocío, ¿Usted quiere preguntarle algo?
06:27Eso, no, no, tengo, tengo claro, y ahí, ahí el tema es, primero que ella tiene que entender
06:32que en el Ministerio ella puede poner la denuncia, pero no precisamente en el Ministerio donde
06:38van a decir, señor está obligado a cancelar X monto, en el Ministerio lo que van a hacer
06:42es que lo van a traer a él y lo van a invitar a que converse con ella y concilie, pero si
06:47no llegan a un arreglo ahí tiene que irse directo a los tribunales, a los juzgados
06:52de trabajo y ahí es donde ella va a tener que exponer el caso, tampoco, a ver, lo que
06:58el Ministerio nos dé va a ser el monto que nos tienen que dar, porque, recuérdese que
07:02usted va y dice, bueno, me ganan, ganó tanto, me dan tanto, pero la otra parte va a tener
07:07derecho de venir y decir, no, no, eso no era así, no eran tantas horas, eran menos horas,
07:11es que resulta que ella se fue de vacaciones, pero fue que se fue y nunca nos dijo nada,
07:17entonces es un tema de prueba, por eso Jennifer, es tan importante el contrato, a ver, ¿sabe
07:22quién protege más desde mi criterio un contrato? A mí como patrono, porque ahí es donde dejo
07:27claras las reglas, cuándo van a hacer las vacaciones, cuánto voy a pagar y demás,
07:32entonces ella sí, sí tiene un caso claramente, tiene que ir directamente a los tribunales
07:37y el tema de la caja se las trae definitivamente, porque las personas no les pagan los seguros
07:43y después cuando le cae a uno la caja, como decimos popularmente, es una torta, porque
07:48son unas multas bastante importantes. Bien altas, tenemos otra consulta que nos ingresa
07:54al WhatsApp, Rocío dice, de parte de Karen desde San José, estoy trabajando como empleada
08:00doméstica desde hace cinco años en una casa en San José, pero siento que no me están
08:04pagando lo justo, ¿qué puedo hacer si mi empleadora no me está pagando el salario
08:10que corresponde? Bueno, recuerde que primero no puede trabajar más de ocho horas, si trabaja
08:15más de ocho horas, señora, usted tiene derecho a que esas horas se la paguen por tiempo y
08:19medio, porque son horas extras, perdón. Ahora, muy fácil, no me está diciendo cuánto
08:24está ganando, pero usted entre a la página del ministerio o vaya al ministerio, usted
08:29les explica qué es la labor que usted está llevando a cabo, porque a veces no solamente
08:34es oficios domésticos, a veces también cuidan un adulto mayor, a veces cuidan niños, entonces
08:39ellos de acuerdo a la tabla que ya tenemos establecido de salarios mínimos, le van
08:43a decir cuánto le corresponde. Muchas gracias, Rocío, tenemos otra consulta, muy rápido
08:48la vamos a hacer porque se nos está acabando el tiempo, de Anónimas desde Cartago, dice,
08:54trabajo como doméstica y tengo dudas sobre la pensión por jubilación, ¿tengo derecho
08:59a pensión? Claro que sí, por eso es tan importante que coticemos, ¿verdad? Y eso
09:04es tan importante que los patronos tengamos claro que es nuestra obligación, le repito,
09:10si usted le trabaja a tres personas diferentes, las tres personas tienen que pagar el seguro
09:14y usted pues por su parte también, ¿verdad? Porque es proporcional, pero sí, tienen los
09:18mismos mismos derechos. Rocío, ¿dónde la pueden ubicar? Bueno, muchas gracias, nos
09:23pueden ubicar en redes sociales, sobre todo Servicio Legal SR, estamos para servirles.
09:28Muchísimas gracias, ahí están en pantalla los contactos de Rocío, gracias por habernos
09:34acompañado. Gracias a ustedes. Bueno, hacemos una pausa, ya casi volvemos con más.

Recomendada