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00:00...humano lo que está viviendo la doctora Lilian, toda vez que nos hemos apersonado y hemos visto
00:04a un representante del Instituto de Investigaciones Forense y no así a un profesional médico
00:10en el área de la ciencia de la salud que pueda atender su estado de salud.
00:14Se ha constituido también derecho humano a poder verificar el estado de salud de la hoy imputada Lilian Moreno Cortés.
00:22Es arbitrario e ilegal la acción que está tomando el representante del Ministerio Público
00:28porque dentro de ese cuadernillo de investigación faltan piezas procesales
00:32y es acá donde toda la población boliviana debe de conocer que el representante del Ministerio Público
00:38no solamente aporta elementos de investigación para fundar su acusación
00:42sino también elementos de convicción que sirvan para eximir de responsabilidad
00:47y dentro de ese cuadernillo de investigación faltan muchas piezas procesales
00:51que realmente demuestran la inocencia de la señora Lilian Moreno Cortés.
00:56Nos parece ilegal, arbitrario.
00:59Ya se ha dado cuenta el representante del Ministerio Público
01:01que no va a prosperar el delito de desobediencia a acciones constitucionales o de inconstitucionalidad
01:08y nos han notificado en plena audiencia con una ampliación por un delito de incumplimiento de deberes.
01:15Entonces ese es el accionar del representante del Ministerio Público
01:18que está violando el debido proceso.
01:21¿Qué nos dice el debido proceso?
01:23Que tienen que notificarnos con los elementos de convicción, con el aviso del control jurisdiccional
01:28y no se nos ha notificado con nada de eso.
01:31Hemos hecho constar en la citación que nos han entregado el día de hoy
01:35que no se nos notificó con los elementos de convicción,
01:38que no se nos notificó con el aviso del control jurisdiccional.
01:41Claro, el Ministerio Público ya sabe que no va a prosperar el delito tipificado en el 179 bis desobediencia
01:49porque no hay una desobediencia a una resolución constitucional.
01:52La resolución que emitió la doctora Lilian Cortés es del 1 de octubre del año 2024.
01:58La segunda resolución que salió aquí en la Ciudad de La Paz es del 14 de octubre del 2024.
02:04Pero en esa resolución constitucional que emitió el juez de La Paz
02:09deniega la tutela en razón de la doctora Lilian Moreno Cortés.
02:14Entonces, ¿qué resolución está incumpliendo?
02:17Todos aquellos juristas van a ver esta nota de prensa
02:20y se van a dar cuenta recién del arbitrio que está cometiendo realmente el Ministerio Público.
02:27Debemos ser coherentes y objetivos.
02:29Los abogados, los jueces, lo único que realizamos es un trabajo.
02:34El juez realiza un control jurisdiccional de velar la protección de los derechos y garantías.
02:39El abogado realiza un trabajo de una defensa eficaz que pueda garantizar el respeto de esos derechos.
02:45Y lamentablemente se está politizando una situación cuando en realidad no debería ser de esa manera.
02:51¿Su defendiente ya declaró tiempo de argumentar en su declaración?
02:54Pero al observarse la falta de las piezas procesales como estrategia de toda la defensa,
03:01hemos solicitado que ella no preste su declaración informativa.
03:05¿Por qué?
03:05Porque no hay las piezas realmente que nos interesan y que realmente demuestren la inocencia.
03:10Le hemos solicitado al fiscal que emita un requerimiento donde se lo conmine al juez Zabaleta
03:16a remitir toda la actuación procesal.
03:19¿Para qué?
03:19Para que el fiscal tenga conocimiento que en esa acción constitucional que presentó el CEDAPI,
03:25el juez rechazó la tutela en razón a Lilian Moreno Cortés.
03:29Entonces no está incumpliendo ninguna resolución.
03:32Claro, al observar esa situación el representante del Ministerio Público
03:36rápidamente trata de ampliar la investigación por un delito de un supuesto incumplimiento de deberes.
03:41Que la verdad nos parece aberrante.
03:43Doctor, ¿qué haces ahora en este caso?
03:45¿Toma en el caso de que incluso se han vulnerado los derechos de ella a ser apretida
03:48y generalmente sin ninguna orden de atención y demás?
03:51Vamos a plantear los incidentes correspondientes que nos franquea la ley
03:55para poder asumir la defensa correspondiente y hacer respetar esos derechos que le reconoce
04:00la Constitución y el orden jurídico a la juez Lilian Moreno Cortés.
04:04¿Cómo se encuentra ella?
04:05Bueno, la situación en la que se encuentra pues es deplorable.
04:09Imagínense que cuando una persona se esté dirigiendo a su fuente de trabajo
04:13y sin exhibirle ninguna orden de aprehensión, la prendan.
04:16Y recién llegando a la ciudad de La Paz se le exhibe una orden de aprehensión.
04:19Es pues ilógico.
04:20Es atropellante.
04:21Es como que el día de mañana yo salga de mi casa y vengan personas desconocidas,
04:26me carguen en un vehículo, me hagan llegar a la ciudad de La Paz
04:28y recién en la ciudad de La Paz me digan, ¿usted ha sido aprendida?
04:31No es lo que establece el procedimiento.
04:34El 226 establece elementos materiales, elementos formales
04:37que deben de ser cumplidos por el Ministerio Público.
04:40Y el Ministerio Público no ha cumplido esos elementos materiales,
04:43no ha cumplido esos elementos formales.
04:45¿Cuáles son esos elementos que acreditan la probabilidad de autoridad?
04:47Va a emitir el 226.
04:49¿Cuáles son esos elementos que demuestran el peligro de fuga
04:52y el peligro de obstaculización para acreditar el 226?
04:55No hay.
04:56Entonces, estamos hablando de una arbitrariedad
04:59totalmente aberrante, abusiva por parte del Ministerio.
05:03Ahora van a esperar la imputación formal por parte de la fiscalía.
05:05Obviamente, el representante del Ministerio Público tiene plazos para poder presentar la imputación formal.
05:11Y nosotros nos vamos a someternos a la audiencia de medidas cautelares
05:14y vamos a plantear todos los mecanismos legales que la ley nos faculta a nosotros como abogados
05:19para poder hacer respetar los derechos de la juez Lilia Moreno.
05:22¿Va a pasar la noche en celda?
05:23Eso, ¿dónde?
05:25Lamentablemente sí, va a tener que pasar, ¿no?, en celda.
05:28Ahora, la familia estaba señalando que, bueno, no les permitían, de repente,
05:31tener una comunicación, va a poder ya, tal vez su hija estaba con el camino a la paz
05:35para poder conversar, hablar, tener algún contacto con él esta vez.
05:38En primera instancia no nos permitían tener la comunicación con la doctora,
05:42pero ya se les ha aclarado a los investigadores, al fiscal,
05:45de quienes están ejerciendo la defensa y, por ende, ya está registrado el nombre
05:50de todos los abogados que estamos participando y vamos a poder tener acceso con ella.
05:53Esperemos, ¿no?, que el día de mañana los policías o el mismo representante
05:57del Ministerio Público no nos denieguen ese derecho que tiene la ciudadana Lilia Moreno Cortés
06:02a poder comunicarse con su abogado en cualquier momento y en cualquier situación.
06:06¿Su hija llegó a la paz, doctor?
06:08Sus familiares están llegando a la ciudad de la paz.
06:11Yo creo que ya deben estar acá o deben estar apersonándote hasta este lugar.
06:14Hoy podrán visitar a la jueza o el día de mañana.
06:19¿Y qué esperan?
06:20Vamos a ver nosotros, de acuerdo a los familiares que lleguen,
06:22para que los dejen ingresar y ella también pueda comunicarse con ellos
06:26y pueda transmitirles la situación que ella está atravesando.
06:29Doctor, se ha señalado que tenía una cirugía, ella, que, bueno, estaba mal,
06:32incluso de un hombro, que ha llegado en un estado prácticamente convaleciente.
06:35¿Cómo está el sistema de registro de salud?
06:38Claro, no hay que ser enfáticos en esto y bajo un principio de verdad procesal.
06:43Una tableta y un medicamento no se puede, pues, comparar con un suero
06:48o con una inyección que realmente necesita una persona para poder estar en un buen estado de salud.
06:53Lamentablemente, ahí solamente nos han dado dos o tres tabletas.
06:56Que eso no cubre, pues, el estado de salud que ella está padeciendo.
06:59Ella necesita ser atendida por una persona que realmente esté especializado en el área de la ciencia médica.
07:05Y esa situación también la hemos hecho notar ante el representante del Ministerio Público.
07:10Se apersonó un médico forense del Instituto de Investigaciones Forense,
07:14pero no tiene, pues, las capacidades o la experiencia de poder establecer si realmente necesita una atención médica
07:20o de poder atenderla o de poder inyectarle un suero o algún medicamento inyectable.
07:24No lo está haciendo.
07:26Está solamente verificando de que ella se encuentra bien,
07:29pero no en un estado de bien que, digamos, que sí va a poder prestar una declaración.
07:33Y, lamentablemente, esa situación también la estamos haciendo.
07:35Todos los actos violatorios a derechos y garantías constitucionales la hemos señalado.
07:40¿Debería ser trasladada a un centro médico?
07:42Debería ser trasladada a un centro de salud para que ella pueda ser atendida.
07:47Porque una cirugía no es, pues, una cirugía de un día.
07:49Es una cirugía que realmente tiene que tener un reposo.
07:53Y ese reposo ella lo ha solicitado.
07:54No es como dice el Ministerio Público que después de haber emitido la resolución
07:58que ha causado todo este problema legal,
08:01ella se haya dado a la fuga o se haya estado ocultando, evadiendo la justicia.
08:05Mentira.
08:06Cursan las documentales donde realmente ella solicitó su baja médica
08:09y solicitó su permiso para poder ausentarse.
08:13Pero, lamentablemente, tampoco el Ministerio Público
08:16no cumple con ese valor de objetividad
08:18que es el de valorar todos esos elementos probatorios.