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00:00¿Por qué Constitucional?
00:02¿Por qué Constitucional?
00:04El artículo 37 define el derecho a la vida.
00:06Desde la concepción hasta la muerte.
00:08Y entonces no se puede contemplar de ninguna manera,
00:10en ninguna legislación subordina,
00:12sea código, sea ley,
00:14o sea cualquier otro tipo de disposición,
00:18algo que contravenga la Constitución de la República.
00:22En la República Dominicana no puede haber,
00:24mientras prevalezca esta Constitución,
00:26aborto electivo.
00:27Aborto electivo es por decisión de la persona.
00:29Yo quiero abortar.
00:31No puede haber eutanasia.
00:33Yo me quiero morir.
00:35No puede haber pena de muerte.
00:37Maten a fulano.
00:38No, eso no existe aquí.
00:39No puede haber.
00:40En función viola la Constitución de la República.
00:42Entonces eso no se puede considerar.
00:44Pero eso no es lo que ha detenido el código.
00:46O sea, la pensé que se ha aprobado, no sé.
00:48Y ha permitido, no ha sido por eso.
00:50¿Por qué?
00:52Principalmente eran las presiones de los Estados Unidos
00:56con ese tema, pero no principalmente,
00:58con el tema de la discriminación.
01:00Nosotros aquí en el Senado logramos una redacción genial
01:04que surgió del talento de Pedro Caterin,
01:07que es tan abarcadora que no se puede discriminar por nada.
01:10Y entonces eso ya llena,
01:13no debería ser tampoco ninguna dificultad.
01:16Ahora bien, lo que siempre va a ser revisable son las penas.
01:20Tantos años.
01:21Muchos creen que algunas de las penas consideradas
01:24son demasiado gravosas,
01:27considerando además que va a existir el cúmulo de penas.
01:30O sea, hasta 60 años.
01:32Muchos consideran que algunas de las penas impuestas
01:34a nuevos tipos penales son exageradas.
01:36Y eso es lo que se va a ver.
01:38Pero presidente, el Senado acaba de decir...
01:40Acuérdese, a partir de este nuevo código penal,
01:45si se resulta apuntado, y no hay contradicción con eso,
01:48habrá cúmulo de penas en la República Dominicana.
01:51O sea, no te van a condenar por el delito de mayor pena,
01:53sino te van a condenar por todo el delito que tú cometas
01:56y te van a hacer cúmulo hasta 60 años.
01:58Eso no existía aquí.
01:59A partir de este código penal,
02:01también va a haber aquí castigo a las reincidencias.
02:05Si usted cumplió condena por un tipo penal
02:08y usted vuelve a reincidir,
02:09usted va a tener una sanción mayor a la que recibió en principio.
02:12Pero ¿cuál de los proyectos?
02:13Porque en la Cámara de Diputados hay dos,
02:14es que hay uno...
02:15Parece que no se ponen de acuerdo.
02:16Eso no dilata...
02:17Bueno, en el caso...
02:18No, no, oiga bien, oiga bien.
02:21En el caso del Senado de la República,
02:23hemos reintroducido.
02:24¿Qué se llama reintroducir?
02:26Las reintroducciones surgen a partir de una aprehensión.
02:29Que la aprehensión surge cuando le pasan dos legislaturas
02:32en un ala que ya ha aprobado por el otro.
02:35El Senado aprobó un texto,
02:37lo remitió a la Cámara de Diputados
02:38y sin ponerle la mano pasaron dos legislaturas
02:41y perimió.
02:42Ese es el que hemos reintroducido.
02:43No estamos inventando, no hay nada nuevo.
02:46El que quiere opinar tiene que plantearse en el Senado.
02:48En la Cámara de Diputados puede ser otra cosa.
02:50En el Senado tiene que hacer planteamientos sobre ese texto.

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