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00:00A propósito de esta última denuncia, el Comando Departamental de la Policía ha confirmado que está prohibido el uso de alcohólimetros en operativos de efectivos policiales.
00:09El Comando Departamental recalcó que está terminantemente prohibido el uso de alcohólimetros por parte de efectivos policiales durante operativos, ya que su uso no está legalmente autorizado.
00:20La única unidad facultada para realizar este tipo de pruebas es el Organismo Operativo de Tránsito y únicamente en su unidad correspondiente.
00:28Queda terminantemente prohibido el uso de alcohólimetros portátiles durante el cumplimiento de las funciones policiales de prevención, servicios ordinarios y extraordinarios, dispositivos estáticos de control DEX.
00:42En los operativos donde participan estaciones policiales integrales, si se detecta a un conductor con posible aliento alcohólico, debe ser remitido a tránsito, que es la instancia competente para investigar el hecho.
00:55Bajo ninguna circunstancia, los efectivos policiales pueden sancionar a conductores o atribuirse funciones que no les compete.
01:03La instancia que una persona que está conduciendo un vehículo estuviese probablemente bajo influencias de alcohol, debe ser remitido a oficinas de tránsito, ya sea en las estaciones policiales integrales que tienen la oficina o en la oficina central,
01:19para que sea sometido a una prueba correspondiente con los dispositivos que están autorizados por la dirección departamental de recaudación.
01:28Aquellos funcionarios que infringan la norma y utilicen alcoholímetros serán pasibles a sanciones y se les iniciará una investigación interna a través de la Fiscalía Policial.