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00:00El juicio de la investigación en cuestión ha mostrado su disposición de comparse voluntariamente,
00:10inicialmente ante el Ministerio Público y luego a las audiencias de conocimiento de medida de cohesión,
00:19lo que demuestra su intención inequívoca de no sustraerse al proceso indicado.
00:28Dos, que al juez de la Institución Especial de la Jurisdicción Privilegiada
00:35imponerle al diputado Rafael Pacheco Osorio una garantía económica e impedimento de salida del país
00:44como medida de cohesión, revocó tácticamente el requerimiento hecho a la Cámara de Diputados
00:54toda vez que su solicitud de que se retire la protección legislativa tenía como objeto
01:04propiciar el hecho de que el diputado quedara a disposición del Ministerio Público
01:11para ejecutar el arresto solicitado, pero en vista de que la normativa procesal penal
01:20prohíbe expresamente combinar cualquier medida de cohesión con la privación de libertad,
01:28entonces la solicitud que demuestra la Institución Especial,
01:33deviene inadmisible por falta de objeto.
01:39No obstante, la imposición de una medida de cohesión consistente
01:45e impedimento de salida del país, acompañada o no de otra medida,
01:52tiende a limitar o restringir el ejercicio de la función legislativa del diputado,
02:00ya que eventualmente el legislador puede ejercer funciones legislativas
02:08a requerimiento del pleno que implica su traslado fuera del territorio nacional.
02:15Sin embargo, tal impedimento constituye una vulneración
02:23a la protección de la función legislativa de la que es acreedora la Cámara
02:30conforme lo dispone el artículo 86 de la Constitución de la República.