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00:01Entre el dos mil veintidós y el
00:05dos mil veintitrés el Instituto
00:06Mixto de Ayuda Social entregó un
00:08beneficio temporal a hogares en
00:09condición de pobreza debido a la
00:11inflación. En total, se
00:13presupuestaron veinte mil
00:14millones de colones provenientes
00:16del FODESAF para ayudar a
00:18satisfacer las necesidades
00:20básicas de estas familias. Sin
00:22embargo, no todo el dinero llegó
00:23a las manos más necesitadas.
00:25Según un informe de auditoría de
00:27la Contraloría General de la
00:29Ciudad de México, el beneficio
00:31fue suficiente. El beneficio
00:32llegó al setenta y cinco por
00:34ciento de los más de ciento
00:35once mil hogares planificados.
00:37Esto quiere decir que unos
00:38veintisiete mil hogares no
00:40recibieron el beneficio pese a
00:42tenerlo aprobado y presentar
00:44condiciones de pobreza extrema.
00:46El informe también señala una
00:47mala asignación. Se entregaron
00:49quinientos veintinueve millones
00:51de colones a personas que no
00:52cumplían con los criterios de
00:54otorgamiento, entre ellas,
00:56personas fallecidas, privados de
00:58su hogar, que no recibieron
01:00previamente otra ayuda estatal.
01:02Se determinó que Limas no fue
01:04eficaz en la entrega del
01:05beneficio, pues no alcanzó la
01:07cobertura a la totalidad de los
01:08hogares seleccionados, quedando
01:11por fuera una importante
01:12cantidad de hogares en
01:13condición de pobreza extrema,
01:15hogares con jefatura femenina,
01:17o que entre sus integrantes
01:18incluían personas con
01:20discapacidad, personas menores
01:22de edad, o personas adultas
01:24mayores. De acuerdo con la
01:25Contraloría, solo se ejecutó el
01:28de los veinte mil millones de
01:29colones presupuestados, dejando
01:31un saldo final no ejecutado de
01:33cuatro mil veinticuatro millones
01:35de colones. Este subsidio se
01:37implementó únicamente como una
01:39acción de asistencia social, que
01:41básicamente consiste en la
01:42entrega de dinero, sin
01:44vinculación con actividades de
01:46estímulo o promoción social,
01:48contrario a la ley de creación
01:50de Limas, lo que no contribuye
01:52al desarrollo de capacidades, ni
01:54a reducir la tendencia de ayudas
01:56sociales por parte de estos
01:58hogares. De acuerdo con el
02:00Limas, el decreto definió como
02:02beneficiario a un hogar, y no a
02:04una persona. Por lo tanto, el
02:06contar con un fallecido o
02:07privado de libertad, no excluía
02:10al resto del núcleo. Para
02:12otorgar este subsidio, se
02:14utilizó el Sistema Nacional de
02:15Información y Registro Único de
02:17Beneficiarios del Estado,