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00:00Está circulando en redes sociales donde una ciudadana, no sé si es jurada electoral o no,
00:08pero sin embargo estuviese induciendo al voto a la ciudadanía durante la jornada electoral. Este
00:15extremo no puede ocurrir en ningún recinto ni mesa de sufragio, nadie puede inducir al voto ni puede
00:21hacer campaña o propaganda electoral. En este caso concreto, el notario electoral una vez advertido
00:26de esta situación necesariamente tiene que remitirlo ante el juez electoral para que el
00:31juez electoral evalúe si es una falta por prohibición de campaña electoral que nadie
00:38puede realzarlo. Entonces en este momento yo voy a contactarme con el notario de dicho recinto
00:45electoral para que se tomen las acciones correspondientes en contra de aquella
00:48ciudadana que supuestamente estuviera realizando alguna inducción al voto.