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Carlos Pimentel: “Licitaciones de alquileres en sector público” | El Despertador

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Transcripción
00:00Gracias por continuar con nosotros. Llegamos al momento de las entrevistas.
00:07Está con nosotros Carlos Pimentel, Director de Contrataciones Públicas.
00:11Gracias por estar con nosotros, Carlos.
00:13Como no, muy buenos días, un placer estar aquí y poder dialogar y conversar de tantos temas de interés.
00:21Carlos, se da una situación, la Dirección de Compras y Contrataciones tiene la facultad, como es obvio,
00:27de inhabilitar a determinadas empresas o personas como posibles, vamos a decir, negociadores con el Estado,
00:36o contratantes con el Estado, pero a veces se da la situación de que alguien ha tenido una situación,
00:42tal vez judicial o tal vez porque tuvo algún tipo de conflicto o lo que sea,
00:47que lo inhabilita para ser contratista del Estado, pero era contratista a través de una empresa,
00:53y de repente crea otra empresa y entonces esa misma persona puede como quiera seguir haciendo negocio indirecto con el Estado.
00:58A ver si tiene forma de corregir esa distorsión o no, la Dirección de Contrataciones.
01:04Vamos a organizar la pregunta.
01:06Lo primero es que la Dirección de Contrataciones tiene facultades para conocer incumplimientos,
01:12violaciones de los proveedores y puede imponer inhabilitaciones permanentes o temporales,
01:18de acuerdo a la falta de la gravedad.
01:20Lo puede hacer de oficio o lo puede hacer a solicitud de la entidad contratante.
01:27Nadie puede establecer la inhabilitación de una empresa si no lo hace la Dirección General de Contrataciones Públicas o un tribunal.
01:35En el caso de algunas empresas que han estado vinculadas en casos de corrupción, escándalo o en denuncias,
01:42si las mismas no han sido inhabilitadas es porque precisamente están en proceso judicial.
01:47Hay un principio fundamental y es que se asume la presunción de inocencia.
01:52Tan pronto esas empresas que están vinculadas a procesos judiciales se conozcan y existe una cosa irrevocablemente juzgada,
02:00pues ahí la Dirección General de Contrataciones pudiera inhabilitarla.
02:04Pero no podemos inhabilitar una empresa simplemente por el hecho de que esté en un proceso judicial en este momento.
02:11Es un principio como básico y elemental.
02:13Ahora sí podemos decir que como nunca la Dirección General de Contrataciones tiene inhabilitación de más de 400 empresas
02:22con inhabilitación permanente, con inhabilitación temporal.
02:25Ahora es que hay que decir también que la Dirección de Contrataciones está enfrentando en este momento varios procesos judiciales.
02:32¿Por qué? Dos razones persiguen esas empresas que han sido inhabilitadas de manera permanente.
02:37Inhabilitadas por falsificación de documentos, impuestos, registro mercantil.
02:41¿Sabes qué persiguen? Primero que la sanción de la inhabilitación permanente.
02:46Ellos dicen que es muy severa y que la Dirección no tiene competencia para establecer inhabilitación de tipo permanente.
02:51¿Tú sabes qué otra cosa están persiguiendo? Que nosotros, la Dirección de Contrataciones,
02:56no le pongamos en la constancia del registro del proveedor las razones de la inhabilitación.
03:01O sea, que no se sepa las razones de la inhabilitación.
03:04¿Y legalmente hay una base para establecerlo de esa manera?
03:07Sí, la ley establece que la Dirección de Contrataciones tiene que establecer y hacer público el listado de todos los proveedores inhabilitados.
03:14Y eso tenemos. Entramos a la página de la Dirección y vamos a encontrar un listado de todos los proveedores inhabilitados
03:20y las razones por las cuales fueron inhabilitados.
03:23Y si a alguno hay que levantarle la inhabilitación porque ya se cumplió el tiempo de la inhabilitación,
03:27también en su registro va a constar que fue inhabilitado en algún momento.
03:31Sin embargo, Carlos, se da para la empresa y se supone que debería, no sé si es así,
03:36darse para los accionistas que tengan más del 20%.
03:38No, lamentablemente la ley no establece eso.
03:41La ley no establece que de una inhabilitación a la empresa, que la extrapolemos a los accionistas de la empresa.
03:47La ley no establece esa disposición.
03:50Entonces, ¿se trata de la situación de que alguien que tuvo una empresa en el pasado,
03:54tal vez si la empresa fue inhabilitada, tal vez esa persona tuvo algún tipo de conflicto
03:58que debería estar inhabilitado todo el tiempo, pero como persona no sería inhabilitado?
04:04¿Puede crear una nueva empresa?
04:06La ley no lo establece.
04:08No obstante, las entidades contratantes cuando se encuentran con una empresa
04:12en la cual su composición accionaria ha tenido en el pasado otras razones sociales,
04:16que ha tenido incumplimiento, que ha tenido inhabilitación,
04:18pues sabe que está en una empresa que al menos riesgos representa para la institución
04:23y tiene que saber cómo mitigar esos riesgos.
04:26Sí, pero el caso muy particular que ha conmovido en los últimos meses
04:34es el de Transcorlatam y el proceso de instalación de semáforos en el Gran Santo Domingo.
04:40Ustedes hicieron una investigación ya hace más de un año.
04:42Ustedes habían hablado de irregularidades en la Dirección General de Contrataciones Públicas
04:47e incluso entre las irregularidades que encontraron había falsificación de documentos.
04:52Y aún así, si bien comenzó la investigación, detuvieron al dueño de esa compañía,
04:57pero nosotros pudimos ver que hay muchas otras compañías de esa misma persona
05:02que también son proveedores del Estado.
05:04En el caso de esa empresa particular, esa empresa tiene una inhabilitación permanente
05:09y tiene una inhabilitación permanente por una investigación de oficio
05:14y porque se determinó algunos niveles de incumplimiento.
05:19No podemos trasladar el incumplimiento como tal de una empresa a otra empresa como tal,
05:25pero esa empresa tiene una inhabilitación permanente,
05:28fueron por una medida cautelar al Tribunal Superior Administrativo,
05:32no fue acogida por el Tribunal Superior Administrativo
05:34y se mantiene esa inhabilitación permanente para...
05:37Y hay algún tipo de alerta o boletín que la Dirección de Contrataciones Públicas
05:40emita a las entidades públicas para decirles,
05:43esta persona que es accionista de esta compañía está inhabilitado en otra...
05:48Lo que pasa es que la inhabilitación no es al accionista,
05:50la inhabilitación es al registro de proveedores
05:53y ese registro de proveedores puede ser una persona natural
05:56o puede ser una persona jurídica,
05:58pero no se traslada la inhabilitación a una persona jurídica
06:03a la composición accionaria de esa empresa.
06:05Si preguntáramos de manera específica,
06:07Hochi Gómez es el principal accionista de Transcor Latam,
06:11Transcor Latam en este momento está inhabilitada,
06:14pero el señor Hochi Gómez como tal no está inhabilitado.
06:17Es correcto, no está inhabilitado él como persona,
06:20pero esa empresa de manera particular está inhabilitada.
06:23No alguna otra empresa que pudiera tener...
06:25Esa empresa está inhabilitada.
06:27La otra compañía, Audrey, no está inhabilitada.
06:29Esa compañía no era proveedora del Estado.
06:31No era proveedora del Estado,
06:32pero sí tiene otras que sí son proveedoras del Estado.
06:36Lo desconozco realmente.
06:39Pero pudiera tenerla, ¿verdad?
06:40Pudiera tenerla.
06:42Como usted está aclarando,
06:44Contrataciones Públicas no puede inhabilitar al accionista,
06:47inhabilita a la empresa.
06:49Y no puede inhabilitar una empresa,
06:51y las posteriores empresas que él cree también las va a inhabilitar.
06:54Eso no cabe jurídicamente, no tiene una explicación.
06:57Y una vez que haya una sentencia en este caso,
07:00si fuese una sentencia declarándolo culpable a ese accionista,
07:04obviamente la empresa quedaría inhabilitada de manera permanente,
07:07pero el accionista...
07:09No, la ley establece, la ley de compra establece que
07:12si una persona natural o jurídica es condenada por hecho de corrupción,
07:17no podrá contratar con el Estado nunca más.
07:20Hace...
07:21O sea, ahí está, discúlpeme,
07:23porque, por ejemplo, hay quienes,
07:25hay profesionales que podemos ofrecer servicios de manera...
07:27como persona física al Estado.
07:29Ahí sí se puede inhabilitar a la persona física.
07:31Lo que pasa es que ahí tenemos,
07:32primero, la inhabilitación en sede administrativa
07:35por incumplimiento, por falsificación.
07:38No estamos hablando de una condena de tipo penal.
07:41Ahora, posterior a una condena de tipo penal,
07:43la ley establece que una persona que ha sido condenada por hecho de corrupción
07:47no podrá contratar con el Estado nunca más.
07:49O sea, ya ahí es más que una inhabilitación.
07:51Ahí ya salimos de la sede administrativa.
07:53Sí, pero ya hay una decisión judicial.
07:54Pero me refiero, por ejemplo, a inhabilitaciones temporales.
07:56Una inhabilitación sí se puede hacer a personas físicas
07:59que hacen negocio directo con otras.
08:00Sí, claro que sí.
08:01Como un tratamiento como si fuera...
08:02Sí, porque la inhabilitación es a tu registro de proveedores.
08:05Y tu registro de proveedores tú lo puedes tener como persona natural,
08:07como persona jurídica.
08:08Algo que en este caso específico del contrato de Intran
08:11con esta compañía para la semaforización,
08:14algo que llamó la atención, que fue muy criticado,
08:17fue que ustedes emitieran, la dirección emitiera una información
08:20sobre la investigación que estaban realizando,
08:23los hallazgos que encontraron de anomalías, retrasos,
08:26incluso falsificaciones, y la compañía siguió operando.
08:30¿No hubo alguna recomendación de parte de ustedes a Intran
08:34para que inmediatamente dejara de funcionar ese contrato?
08:39Mira, qué buena pregunta, porque esto permite aclarar
08:42el funcionamiento y el cronológico.
08:45Ciertamente, la decisión de contrataciones públicas
08:49anulaba actas de adjudicación, anulaba el proceso.
08:54Ahora, a quien le corresponde terminar el contrato
08:58es al Intran.
09:00El Intran es quien debe proceder a cancelar el contrato.
09:04Para cualquier entidad cancelar un contrato,
09:06lo primero que debe hacer es determinar de ese contrato,
09:11que es liquidar el contrato, qué se ha invertido,
09:13cuánto se ha pagado, y saber si el 20% se ha ejecutado,
09:17si no se ha ejecutado, tú me devuelves, no me devuelves.
09:19Eso es lo primero que debe hacer la institución.
09:22Para el Intran hacer eso, se involucró en una auditoría
09:25con apoyo de la Contraloría y la Unidad Antifraude
09:28de la Contraloría.
09:30En ese proceso de la auditoría, para determinar esa inversión,
09:33se empezaron a encontrar otros hallazgos,
09:37otros hallazgos que ya el país conoce
09:39y otros que se conocerán en su momento.
09:42Entonces, ya no estamos solamente
09:44identificando qué se había invertido,
09:46sino también esos otros hallazgos.
09:49Y eso tomó un tiempo.
09:52Pero se concluye con esos hallazgos del contrato
09:56y otros que se encontraron que ya eso pasa a otra fase,
10:01es que se produce el tema del apagado de los semáforos.
10:06O sea, el Intran no podía cancelar un contrato
10:08sin saber qué se había invertido,
10:10qué había que pagarlo, si había que devolverle.
10:13Se involucran en eso con la Contraloría,
10:15duró un poco más la auditoría porque ya no fue solamente eso.
10:19Se empezaron a encontrar otros elementos de otra naturaleza.
10:22Pero, sin embargo, Carlos,
10:24la Dirección de Contratación Pública en un momento determinado
10:26anunció la cancelación del contrato,
10:29o se interpretó así, la gente entendía que...
10:31Bueno, en el tema de contrataciones
10:33hay mucho de lo que dice la gente
10:35y lo que hablábamos fuera de cámara,
10:37que muchas veces se utilizan conceptos que se repiten,
10:41que cuando se extrapolan a un análisis estrictamente jurídico
10:44no tienen cabida.
10:45La Dirección, como tal,
10:47ordena la suspensión del pliego, como tal,
10:50y obviamente genera efecto hacia el contrato.
10:52Pero la determinación del contrato lo tiene que hacer el Intran.
10:55Y, de hecho, el Intran hace...
10:58creo que...
11:00más de un mes es que acaba de terminar ese contrato,
11:02pero acaba de cancelar el contrato.
11:04Pero lo que digo es porque en un momento determinado
11:06se interpretó así porque como se informó de esa forma...
11:08Pues es lo que se interpretó.
11:09Y yo sufro mucho todo lo que se interpreta.
11:11Todo lo que se interpreta alrededor de contrataciones,
11:14de desenfoques de tipo técnico
11:16y a veces temas de concepto.
11:18Pero la realidad es esa.
11:19Pero es esta desinformación o desconocimiento
11:22los que llevan a un partido político pequeño
11:25a exigir que usted también responda ante la justicia.
11:29Incluso ha solicitado que presenten solicitud
11:33de medidas de coerción en su contra.
11:35Bueno, yo no le he prestado atención a eso.
11:38Desconozco el contenido de eso.
11:42Me preocupa.
11:43Nosotros estamos concentrados en terminar el plan estratégico
11:46de la Dirección de Contrataciones
11:47de cara a los próximos cuatro años.
11:50Y sabemos que quien actúa de cara al sol,
11:55de cara a la legalidad,
11:56pues siempre va a encontrar actores
11:58que tratan de pecar en Ríos Revueltos.
12:01Carlos, hay también otra situación
12:03que ha generado ciertos ruidos
12:05y es el proceso este de los llamados alquileres locales
12:09de parte del Estado de bienes inmobiliarios
12:11y las condiciones de esos contratos.
12:13Entonces, también ha salido a relucir ahí
12:15el hecho de que muchas de esas contrataciones
12:17se están haciendo colocando tal vez
12:19al potencial arrendador como proveedor único
12:23o con cierto nivel de exclusividad,
12:25no recuerdo cómo se le llama a eso.
12:27Vamos a ver.
12:28Le pregunto esa parte porque de repente
12:30lo que más debe haber son oferentes
12:32en cuanto a lo que tiene que ver
12:33con algún tipo de alquiler de inmuebles
12:34en un país como este.
12:35Mira qué interesante.
12:36Vamos a poner en orden esa pregunta también.
12:39Lo primero, que antes del 2020
12:41los procesos de alquiler
12:43todos estaban al margen de la Ley 340.
12:46Quiere decir que el Estado tenía alquileres
12:49que no estaban regulados.
12:51A partir del 2020 hubo una instrucción muy clara
12:54que todos los alquileres
12:55tenían que estar regulados por la Ley 340.
12:59¿Cuáles son las modalidades de contratación
13:02para poder proceder a alquilar un inmueble?
13:06Dos.
13:07O exclusividad o proveedor único.
13:10¿Por qué?
13:12Si tú vas a alquilar un inmueble
13:14y tú haces una licitación abierta,
13:17tú vas a recibir ofertas de inmuebles
13:19probablemente uno en Los Alcarrizos,
13:21uno en Los Mameyes,
13:22uno en La Lincoln,
13:23uno en Boca Chica,
13:24uno en Santiago.
13:25Entonces tú con una licitación así
13:27te mudas en cualquiera.
13:29Los procesos de exclusividad para alquilar
13:32establecen por lo menos
13:34yo necesito un local de tal dimensión
13:37para tal cantidad de servidores públicos,
13:39debe tener tanto parqueo
13:40y debe estar ubicado en un cuadrante X
13:43que tú por algunas condiciones lo has establecido.
13:46Entonces todos los inmuebles
13:48que estén en esas condiciones,
13:49en ese cuadrante
13:50participan para ser alquilados.
13:52Ese es un proceso de exclusividad.
13:54¿Qué es un proceso de exclusividad?
13:55En el cual se identifican
13:57que hay no más de cinco oferentes
14:00que estén en esas condiciones.
14:01¿Y qué es un proceso de proveedor único?
14:03Que por alguna razón X
14:06identificaste un inmueble
14:08que está ubicado en una dirección
14:10y que tiene las características que tú tienes
14:12y que al lado de ese inmueble
14:13no hay otro,
14:14es ese inmueble.
14:16Es un proceso de proveedor único
14:17que la ley lo establece
14:18de manera muy clara
14:20y además transándolo
14:22a través del sistema electrónico de contrataciones
14:25y cumpliendo con la ley de contrataciones como tal.
14:28O sea que para tú alquilar un local
14:32existen dos modalidades.
14:34O es proveedor único
14:35o es un proceso de exclusividad.
14:37Imagínate una licitación.
14:39Tú vas a recibir inmuebles
14:40de todo el país.
14:42Exacto.
14:43Entonces no tiene sentido.
14:45Pero existe el local.
14:47Si el quiere establecer una oficina
14:49a un sitio específico,
14:50sí ya es ciertamente por esa situación.
14:52Y con características específicas
14:53y con esas condiciones
14:54hay más de uno
14:55porque eso se hace
14:56luego de un estudio previo.
14:58Si hay más de uno
14:59pues es un proceso de exclusividad.
15:01Que esos dos
15:02que tienen las mismas características
15:03que tú definiste
15:04puedan competir entre sí.
15:05Existen mecanismos legales
15:06para que haya una revisión.
15:08Por ejemplo,
15:09el caso de Indotel
15:10que recientemente
15:11el director de esa institución
15:12Guido Gómez Mazara
15:13reveló que
15:14esa institución
15:15ha estado pagando
15:16sin mal recuerdo
15:17140 mil dólares mensuales
15:18por el edificio que ocupaba
15:19que es un contrato
15:20que tiene más de 20 años.
15:21Por más de 20 años
15:22que son cuando todavía no existía
15:23la Dirección General
15:24de Contrataciones Públicas.
15:25Lo primero es que
15:26en los alquileres
15:27en los contratos
15:28no hay renovación automática
15:30simplemente vencido
15:31el plazo
15:32que no sé cuándo es
15:33en el caso
15:34de ese contrato específico
15:35pues puede perfectamente
15:36tener otro proceso
15:37que pueda
15:38renegociar las condiciones.
15:41Y hace
15:42creo que
15:43dos o tres semanas
15:44emitimos una circular
15:45a todo el sistema
15:46de contratación
15:47donde señalábamos
15:48que no existe
15:49renovación automática
15:50que terminado
15:51el tiempo de contratación
15:52hay que hacer
15:53otro proceso
15:54de contratación.
15:55Y a propósito
15:56de ese caso específico
15:57el doctor Guido Gómez Mazara
15:59anunció la semana pasada
16:00que enviaría
16:01el contrato
16:02de alquiler de ese inmueble
16:03a ustedes
16:04a la Dirección de Contrataciones Públicas
16:05para su revisión.
16:06No lo hemos recibido todavía
16:07y esa entidad
16:08tiene
16:09todas las facultades
16:10para revisar
16:11el contrato
16:12revisar los términos
16:13del contrato
16:14y tomar la decisión
16:15que más convenga
16:16el interés generar
16:17continuarlo
16:18renegociarlo
16:19rescindirlo
16:20mudarse de la institución
16:21todo eso
16:22lo puede hacer
16:23la entidad contratante
16:24eso no tiene que
16:25necesariamente
16:26ir a una decisión
16:28nosotros sí
16:29con mucho gusto
16:30lo podemos recibir
16:31y podemos emitir
16:32una opinión al respecto.
16:33Y finalmente
16:34como ya nos tenemos que ir
16:35nos podemos
16:36terminar la entrevista
16:37sin que nos comente
16:38sobre esta
16:39designación fallida
16:40si lo podemos decir
16:41de esa manera
16:42como Director
16:43de Alianza Pública o Privada
16:44que a muchos sectores
16:45no les gustó
16:46lo criticaron
16:47dijeron que había
16:48competencia
16:49entre
16:50la función que ya cumple
16:51como Director
16:52de Contrataciones Públicas
16:53y la que cumpliría
16:54en Alianza Pública o Privada.
16:55Primero yo debo agradecer
16:56la confianza
16:57y la deferencia
16:58del Presidente
16:59Luis Abinader
17:00para tomarme
17:01en consideración
17:02y de hecho
17:03designarme
17:04para dirigir
17:05una entidad
17:06que gestiona
17:07una modalidad
17:08de contratación
17:09porque
17:10Alianza Público o Privada
17:11es una modalidad
17:12de contratación.
17:13La intención
17:14era válida
17:15la intención
17:16de buscar
17:17eficiencia
17:18la intención
17:19de buscar
17:20mayores niveles
17:21de coordinación
17:22y de
17:23coordinación
17:24entre
17:25lo que es
17:26las contrataciones
17:27de Bienes, Servicios y Obras
17:28que tiene la Ley 340
17:29y
17:30las contrataciones
17:31de
17:32APP
17:33y de hecho
17:34no hace falta
17:35también
17:36el desarrollo
17:37del régimen
17:38de concesiones.
17:39Proyecto de ley
17:40que estamos trabajando
17:41y en los próximos meses
17:42le vamos a entregar
17:43al Presidente
17:44Luis Abinader
17:45un proyecto de ley
17:46para regular
17:47las concesiones
17:48porque entendemos
17:49que hay que fortalecer
17:50el sistema
17:51de contratación
17:52de la República Dominicana
17:53y el sistema
17:54de contratación
17:55de la República Dominicana
17:56es Bienes, Servicios, Obras
17:57APP
17:58y concesiones
17:59y por eso
18:00se buscaba
18:01generar un sistema
18:02integrado
18:03que permitiera
18:04una mayor
18:05coordinación
18:06alrededor de ese aspecto.
18:07Ante las
18:08opiniones
18:09algunas fundadas
18:10otras no fundadas
18:11preferí
18:12renunciar
18:13y concentrarme
18:14en la dirección
18:15general
18:16de contrataciones
18:17públicas
18:18y aportar
18:19para seguir
18:20fortaleciendo
18:21el sistema
18:22y por eso
18:23seguimos trabajando
18:24en el proyecto
18:25de ley de concesiones
18:26que lo vamos a entregar
18:27próximamente.
18:28Y ese proyecto de ley
18:29serviría obviamente
18:30para cuando se haga
18:31la concesión
18:32del Tren Metropolitano
18:33que originalmente
18:34iba a ser público
18:35completamente
18:36y ahora será
18:37una alianza
18:38pública privada.
18:39Bueno, no necesariamente
18:40pero sí
18:41hay una ausencia
18:42del régimen
18:43de concesiones
18:44porque lamentablemente
18:45cuando se aprobó
18:46la ley
18:47de alianza
18:48pública o privada
18:49se derogó
18:50todo el régimen
18:51de la ley
18:52de concesiones
18:53que el gobierno
18:54que es el gobierno
18:55va a tener
18:56el servicio
18:57y que pueda
18:58traer inversión
18:59al país.
19:00Y en esa dirección
19:01vamos a seguir
19:02contribuyendo siempre.
19:03Muchas gracias.
19:04Gracias a Carlos Pimentel
19:05Director General
19:06de Contrataciones Públicas
19:07por haber estado
19:08con nosotros esta mañana.
19:09A ustedes que están
19:10en sus casas
19:11por favor no se vayan.
19:12Volvemos en 3 minutos
19:13con más información.
19:14Gracias.

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