• hace 2 meses

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Transcripción
00:00Parece mentira, pero en nuestro país, en el Código del Trabajo, no están establecidas las licencias remuneradas en caso de que la persona trabajadora sufra la muerte de un familiar cercano.
00:10El día de hoy hemos aprobado ya, en segundo debate, una iniciativa que presentamos desde el Frente Amplio, con el objetivo de establecer esas licencias remuneradas,
00:19de tal manera que, una vez que esté publicado ya como ley de la República, todas las personas trabajadoras, principalmente las del sector privado,
00:26podrán gozar de tres días hábiles de licencia remunerada en el caso de muerte de familiares en primer grado,
00:32y también de un día hábil en el caso de muerte de familiares en segundo o tercer grado.
00:37Por supuesto, sabemos que en nuestro país, en el sector público, existe ya este derecho en diferentes normativas,
00:43pero en el sector privado no está establecido y, por tanto, depende de hoy si el patrón no quiere o no quiere dar esos días remunerados.
00:51Así que este es un importante avance en materia de derechos laborales, porque viene a establecer ese derecho básico,
00:56a que en el caso terrible y doloroso de la muerte de un familiar, esa persona trabajadora sepa que tiene el derecho a días libres con pago de salario,
01:05para poder así pasar ese momento doloroso en familia y ese proceso de duelo.

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